El precedente constitucional y las facultades sancionatorias de la Procuraduría contra elegidos popularmente

La Corte Constitucional reafirma las competencias de la Procuraduría para sancionar a servidores de elección popular antes del fallo Petro Urrego vs. Colombia. Desde apt abogados presentamos un análisis crítico de las sentencias SU-381 y SU-382 de 2024. La Corte Constitucional, a través del Comunicado de Prensa No. 41 del 11 de septiembre de 2024, anunció las decisiones tomadas mediante las sentencias SU-381 de 2024 y SU-382/24, mediante las cuales «ratificó que la Procuraduría General de la Nación era competente para sancionar con destitución, inhabilidad y suspensión a servidores públicos de elección popular antes de la sentencia proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego vs. Colombia».

Conflicto de competencias en la investigación de la campaña presidencial de Petro: ¿CNE o Comisión de Acusaciones?

El reciente conflicto de competencias entre el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes se ha vuelto relevante en el caso de la investigación administrativa sobre la campaña presidencial de Gustavo Petro. La controversia gira en torno a cuál de estas entidades tiene la competencia para investigar las presuntas irregularidades en la financiación de la campaña. En resumen, la decisión sobre la distribución de competencias establece que el CNE tiene la facultad de inspeccionar, vigilar y controlar las actividades electorales, incluyendo la financiación de campañas presidenciales, y puede imponer sanciones administrativas, excepto la pérdida del cargo, que corresponde al Congreso. Los procesos del CNE y la Comisión de Acusaciones son distintos en su naturaleza y sanciones, y el fuero presidencial solo aplica en investigaciones penales y disciplinarias, no en las administrativas.

La importancia de la certificación de cumplimiento de labores en las Unidades de Trabajo Legislativo de los Congresistas

El Consejo de Estado reafirmó que la certificación de cumplimiento de labores en las Unidades de Trabajo Legislativo (UTL) es un instrumento clave de control, pero no una condición estricta para el pago de salarios. apt abogados logró demostrar que la falta de esta certificación en los viajes de un asesor de la Representante Yénica Sugein Acosta Infante no configuró una indebida destinación de recursos públicos. En este caso, se comprobó que el asesor cumplió con sus funciones durante un viaje oficial a Brasil, mientras que en su segundo viaje, de carácter personal, la Representante no tenía conocimiento de su salida anticipada. Este resultado refuerza la importancia de una defensa fundamentada en pruebas y en el correcto análisis normativo.

Graves denuncias de interceptaciones ilegales: un golpe a la independencia judicial en Colombia

Las recientes denuncias sobre interceptaciones ilegales a magistrados de las Altas Cortes en Colombia, nos hacen recordar prácticas intimidatorias de gobiernos pasados, que socavaron la independencia judicial y los pilares del Estado Social y Democrático de Derecho. Estos actos no solo amenazan la imparcialidad de los jueces, fomentando un clima de temor y censura, sino que también reviven preocupaciones sobre el uso del poder estatal para presionar a quienes representan el último bastión de la institucionalidad, en cuanto son los responsables de salvaguardar el orden jurídico, una dinámica incompatible con los principios democráticos y los derechos fundamentales

El fuero no exime al Presidente de la República de la Jurisdicción Constitucional: Caso Gaviria vs Petro

El Consejo de Estado[i] aclaró que el Presidente de la República no goza de la misma inviolabilidad en sus opiniones que los congresistas, lo que implica que no está exento de responder ante la jurisdicción del juez de tutela por delitos como injuria, calumnia u omisión de denuncia. Esta posición se adoptó al resolver una demanda de tutela interpuesta por el exministro de salud Alejandro Gaviria contra el Presidente de la República Gustavo Petro, solicitando la retractación de unas declaraciones realizadas por el mandatario Gustavo Petro. La Sala negó el amparo solicitado, destacando que Gaviria no desvirtuó la presunción de la primacía de la libertad de expresión, especialmente en el contexto de discursos políticos

Anulación de la elección de Altus Alejandro Baquero Rueda como Magistrado del CNE por incumplimiento de requisitos de experiencia

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Altus Alejandro Baquero Rueda como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), realizada por el Congreso de la República. La decisión se fundamenta en que Baquero Rueda fue postulado por una coalición de partidos políticos sin cumplir con el requisito constitucional de contar con 15 años de experiencia profesional como abogado

Nulidad de resoluciones que reconocían personería a partidos políticos: Un análisis de las fallas interpretativas del CNE y sus implicaciones

Consejo de Estado anuló resoluciones del CNE que otorgaban personería jurídica a “Creemos”, “Todos Somos Colombia” e “Independientes”, debido a incumplimientos de requisitos legales y una interpretación errónea de normas electorales. A pesar de la defensa del CNE y los partidos, el Consejo de Estado determinó que no cumplían los requisitos constitucionales, y que no podían justificar su personería jurídica con principios no previstos en la norma.

Nuestra experiencia validada: La Corte Constitucional decide en consonancia con los conceptos del Dr. Alfonso Palacios Torres

Nuestra experiencia ha sido validada por la Corte Constitucional, que ha decidido en consonancia con los conceptos emitidos por nuestro socio fundador, el Dr. Alfonso Palacios Torres. Este reconocimiento subraya nuestra precisión y experticia en derecho constitucional, reafirmando nuestra posición como líderes en el ámbito jurídico

El desarrollo de funciones por parte de los miembros de UTL en vigencia de la ley de virtualidad: su alcance en la solicitud de pérdida de investidura de la Representante Yénica Acosta

Este análisis cobra trascendental importancia porque es el primer fallo que estudia el desarrollo de funciones por parte de los miembros de UTL, en vigencia de la Ley 2029 de 2020 sobre “teletrabajo o virtualidad” en el Congreso de la República. Todo esto teniendo en cuenta el contexto de pandemia que atravesaba Colombia, momento en el que ocurrieron los hechos reprochados por el solicitante.

El bloque de constitucionalidad en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana

El Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos – CAEL invitó como conferencista al Doctor Alfonso Palacios Torres, para que desarrollara la cuartade la Cátedra CAEL 2023 “Fundamentos de Derecho Parlamentario”: El bloque de constitucionalidad en el derecho interno colombiano y en la jurisprudencia de la Corte Constitucional – Teoría del Bloque de Constitucionalidad

Aspectos constitucionales de la reforma a la salud

El Doctor en Derecho Constitucional Alfonso Palacios Torres, participó en la primera conferencia del seminario “Estudio crítico sobre la Reforma al Sistema de Salud” del Centro de Estudios sobre Genética y Derecho de la Universidad Externado de Colombia, en la cual, abordó temas de relevancia constitucional de la reforma a la salud, como el trámite que debe seguir el proyecto de ley (ordinario o estatutario), aspectos de procedimiento y control constitucional, entre otros

Suspensión provisional de leyes por la Corte Constitucional

El catedrático de Derecho Constitucional Alfonso Palacios Torres, como panelista en el foro “¿Cómo enfrentar las leyes manifiestamente arbitrarias?”, se refirió a los aspectos controversiales que se derivaron de la nota de prensa y del comunicado del Auto 272/23, en el cual la Corte Constitucional se atribuye la prerrogativa de suspender leyes, en casos excepcionales, frente a una norma abiertamente incompatible con las Constitución que pueda producir efectos irremediables o que lleve a eludir el control de constitucionalidad.

La Procuraduría no podrá “sancionar” a funcionarios de elección popular

El Conjuez de la Corte Constitucional Alfonso Palacios Torres, como invitado al programa “La W Radio con Julio Sánchez Cristo”, opinó sobre el comunicado de la Sentencia C-030-23 de la Corte Constitucional que precisó sobre la determinación de las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad a los funcionarios de elección popular, lo cual correspondería finalmente al juez contencioso administrativo, después de agotado el procedimiento de investigación y juzgamiento disciplinario en cabeza de la Procuraduría General de la Nación

Contáctenos y hablemos sobre cómo podemos apoyarle

apt abogados
Diagonal 35 bis # 19-05 Oficina 203
Bogotá, Colombia