La cosa juzgada en los procesos de pérdida de investidura y nulidad electoral: su aplicación en la nulidad de la elección del Senador Polivio Rosales

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección del señor Polivio Leandro Rosales Cadena, como senador de la República para el período constitucional 2022-2026, por considerar acreditada la causal de inhabilidad relativa a la suscripción de contratos dentro del periodo inhabilitante, prohibición contemplada en el numeral 3º del artículo 179 de la Constitución Política. El presente caso resulta jurisprudencialmente relevante porque, además de recordar los elementos componedores de la inhabilidad de suscripción de contratos con entidades públicas —tan importantes en época electoral—, le dio aplicación al parágrafo único del artículo 1º de la Ley 1881 de 2018, permitiendo la armonización de estas dos acciones públicas de contenido electoral.

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