La importancia de la certificación de cumplimiento de labores en las Unidades de Trabajo Legislativo de los Congresistas

El Consejo de Estado reafirmó que la certificación de cumplimiento de labores en las Unidades de Trabajo Legislativo (UTL) es un instrumento clave de control, pero no una condición estricta para el pago de salarios. apt abogados logró demostrar que la falta de esta certificación en los viajes de un asesor de la Representante Yénica Sugein Acosta Infante no configuró una indebida destinación de recursos públicos. En este caso, se comprobó que el asesor cumplió con sus funciones durante un viaje oficial a Brasil, mientras que en su segundo viaje, de carácter personal, la Representante no tenía conocimiento de su salida anticipada. Este resultado refuerza la importancia de una defensa fundamentada en pruebas y en el correcto análisis normativo.

El fuero no exime al Presidente de la República de la Jurisdicción Constitucional: Caso Gaviria vs Petro

El Consejo de Estado[i] aclaró que el Presidente de la República no goza de la misma inviolabilidad en sus opiniones que los congresistas, lo que implica que no está exento de responder ante la jurisdicción del juez de tutela por delitos como injuria, calumnia u omisión de denuncia. Esta posición se adoptó al resolver una demanda de tutela interpuesta por el exministro de salud Alejandro Gaviria contra el Presidente de la República Gustavo Petro, solicitando la retractación de unas declaraciones realizadas por el mandatario Gustavo Petro. La Sala negó el amparo solicitado, destacando que Gaviria no desvirtuó la presunción de la primacía de la libertad de expresión, especialmente en el contexto de discursos políticos

Nuestra experiencia validada: La Corte Constitucional decide en consonancia con los conceptos del Dr. Alfonso Palacios Torres

Nuestra experiencia ha sido validada por la Corte Constitucional, que ha decidido en consonancia con los conceptos emitidos por nuestro socio fundador, el Dr. Alfonso Palacios Torres. Este reconocimiento subraya nuestra precisión y experticia en derecho constitucional, reafirmando nuestra posición como líderes en el ámbito jurídico

El bloque de constitucionalidad en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana

El Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos – CAEL invitó como conferencista al Doctor Alfonso Palacios Torres, para que desarrollara la cuartade la Cátedra CAEL 2023 “Fundamentos de Derecho Parlamentario”: El bloque de constitucionalidad en el derecho interno colombiano y en la jurisprudencia de la Corte Constitucional – Teoría del Bloque de Constitucionalidad

Aspectos constitucionales de la reforma a la salud

El Doctor en Derecho Constitucional Alfonso Palacios Torres, participó en la primera conferencia del seminario “Estudio crítico sobre la Reforma al Sistema de Salud” del Centro de Estudios sobre Genética y Derecho de la Universidad Externado de Colombia, en la cual, abordó temas de relevancia constitucional de la reforma a la salud, como el trámite que debe seguir el proyecto de ley (ordinario o estatutario), aspectos de procedimiento y control constitucional, entre otros

Suspensión provisional de leyes por la Corte Constitucional

El catedrático de Derecho Constitucional Alfonso Palacios Torres, como panelista en el foro “¿Cómo enfrentar las leyes manifiestamente arbitrarias?”, se refirió a los aspectos controversiales que se derivaron de la nota de prensa y del comunicado del Auto 272/23, en el cual la Corte Constitucional se atribuye la prerrogativa de suspender leyes, en casos excepcionales, frente a una norma abiertamente incompatible con las Constitución que pueda producir efectos irremediables o que lleve a eludir el control de constitucionalidad.

La Procuraduría no podrá “sancionar” a funcionarios de elección popular

El Conjuez de la Corte Constitucional Alfonso Palacios Torres, como invitado al programa “La W Radio con Julio Sánchez Cristo”, opinó sobre el comunicado de la Sentencia C-030-23 de la Corte Constitucional que precisó sobre la determinación de las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad a los funcionarios de elección popular, lo cual correspondería finalmente al juez contencioso administrativo, después de agotado el procedimiento de investigación y juzgamiento disciplinario en cabeza de la Procuraduría General de la Nación

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