El fuero no exime al Presidente de la República de la Jurisdicción Constitucional: Caso Gaviria vs Petro
El Consejo de Estado[i] aclaró que el Presidente de la República no goza de la misma inviolabilidad en sus opiniones que los congresistas, lo que implica que no está exento de responder ante la jurisdicción del juez de tutela por delitos como injuria, calumnia u omisión de denuncia. Esta posición se adoptó al resolver una demanda de tutela interpuesta por el exministro de salud Alejandro Gaviria contra el Presidente de la República Gustavo Petro, solicitando la retractación de unas declaraciones realizadas por el mandatario Gustavo Petro. La Sala negó el amparo solicitado, destacando que Gaviria no desvirtuó la presunción de la primacía de la libertad de expresión, especialmente en el contexto de discursos políticos